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Relevamiento Forestal

Se están realizando tareas de relevamiento de arbolado urbano público cumpliendo con la normativa vigente. En tal sentido se informa a la población que aquellos que hayan realizado extracción de ejemplares arbóreos en veredas a través de la autorización correspondiente de la Secretaría de Producción y Empleo, deberán dar estricto cumplimiento a la Ord. 120 y 121/08, donde en su Art. 9 enuncia: “Cuando un frentista sea autorizado a erradicar especies arbóreas linderas a su propiedad y que conforman el arbolado público urbano, proceda a su extracción deberá reponer un árbol en su reemplazo y hacer entrega de un ejemplar al Vivero Municipal…” Asimismo a continuación se detalla las especies arbóreas que determina el Art. 12 de la Ord. 120 y 121/08 para su correspondiente reposición: PARA VEREDAS ANCHAS (Mas de 5,5 mts. de ancho) Especies recomendadas •Fresno Americano ( Fraxinum Americana) •Abedul ( Bétula alba-Bétula péndula) •Sófora ( Slyphnolobium japónica-péndula) •Catalpa ( Bignonioides) •Arce ( Arce Palmatum,Platinoides,Pseudoplatanus,Rubrum campestre) PARA VEREDAS MEDIANAS (de 3,5 a 5,5 Mts de ancho) Especies recomendadas •Acacia Constantinopla (Albizzia) •Ciruelo de Jardín (Prunus) •Crespón rosado, blanco, lila, rojo, morado (Lagerstroemia) •Árbol de Judea (Cersis Siliquastrum) •Abedul (Bétula alba-Bétula péndula) PARA VEREDAS ANGOSTAS (Menores de 3,5 mts de ancho) Especies recomendadas •Ciruelo de jardín ( Prunus) •Crespón rosado, blanco, lila, rojo, morado ( Lagerstroemia

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