Miramar Libre de Humo
Mediante la Ordenanza 121/11 se declara al humo ambiental del tabaco como sustancia tóxica y perjudicial para la salud humana, y establece la prohibición de fumar en los lugares cerrados con acceso público, en todo el territorio del Partido de General Alvarado.
Esta Ordenanza abarca a todos aquellos espacios físicos cerrados (establecimientos comerciales de cualquier tipo, de salud, educativos, lugares de trabajo, salas de recreación, de espectáculos públicos, de fiestas, instituciones deportivas, medios de transporte público de cualquier tipo, y cualquier otro espacio cerrado destinado al acceso de público, en forma libre o restringido, pago o gratuito), y deberá ser informado mediante letreros visibles.
El incumplimiento de esta Ordenanza será motivo suficiente para la aplicación de las sanciones pertinentes y/o la clausura del establecimiento.
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